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- 2013
PRINCIPIO DE LESIVIDAD EN AMBITO SANCIONATORIO TRIBUTARIO COLOMBIANOKeywords: Fin común de la sociedad, ingreso tributario, obligación fiscal, sanción tributaria, principios, lesividad. Abstract: El principio de lesividad, también llamado antijuridicidad material, ha permitido que los sistemas punitivos y sancionadores castiguen a los infractores de las normas siempre y cuando hayan imprimido un da?o real a terceros o a la sociedad, impidiendo de esta forma decaer en procesos inocuos que penen simples conductas fuera de lo moral, pero sin trascendencia alguna para el interés de represión de la sociedad; principio que había sido desconocido por el procedimiento sancionatorio tributario colombiano, a pesar que la jurisprudencia de las altas cortes en algunos casos puntuales lo habían aplicado bajo el argumento que debía demostrarse el da?o de la infracción, para así imponer la sanción, mas no era extensivo a todo el maderamen sancionatorio tributario, panorama que cambia totalmente con la vigencia de la ley 1607 de 2012, toda vez que a partir de ella tendrá trascendencia para todo el régimen
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