%0 Journal Article %T El origen jur¨ªdico p¨²blico del Ius Fiscale. Parte segunda: Las finanzas p¨²blicas del Principado en Roma %J - %D 2016 %X El Ius Fiscale tiene su origen y fundamento en el Ius Publicum. En dogm¨¢tica jur¨ªdica la autonom¨ªa cient¨ªfica debe respetar tres postulados esenciales: normas jur¨ªdicas, principios fundamentales y una realidad social concreta, que es la actividad financiera. Siendo esta una actividad instrumental, crea y regula diversos recursos tendentes a financiar gastos p¨²blicos, de modo exacto, a trav¨¦s de un instituto presupuestario. Los recursos del Ius Fiscale giran en torno a tres categor¨ªas: vectigalia, tributa y portoria, y otras exacciones. El m¨¢s importante, por amplitud de supuestos y eficacia recaudatoria, era el portorium %K Ius Fiscale %K autonom¨ªa cient¨ªfica. Instituciones financieras: ingresos y gastos p¨²blicos %K recursos esenciales: vectigalia %K tributa %K portoria y otras exacciones %U http://campus.usal.es/~revistas_trabajo/index.php/ais/article/view/15341