%0 Journal Article %T LA CONDICI¨®N JUR¨ªDICA DEL PARTICULAR QUE EJERCE FUNCIONES P¨²BLICAS Y SU RESPONSABILIDAD PENAL %J - %D 2014 %X Al estudiar el t¨ªtulo XV del C¨®digo Penal, referente a los ¡®Delitos contra la Administraci¨®n P¨²blica¡¯, se requiere en la mayor¨ªa de los tipos all¨ª encontrados, a un servidor p¨²blico como sujeto activo calificado, exigi¨¦ndose tambi¨¦n que este haya cometido la conducta en ejercicio de sus funciones o por raz¨®n o con ocasi¨®n a ellas. Por ello, el art¨ªculo 20 del C¨®digo Penal establece qui¨¦nes son servidores p¨²blicos para la ley penal, incluy¨¦ndose al particular que ejerza funciones p¨²blicas de manera permanente o transitoria, dejando abierta esta posibilidad asimilativa %K funciones p¨²blicas %K servidor %K asimilaci¨®n %K administraci¨®n %K p¨²blica %U http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/926