%0 Journal Article %T La teor¨ªa hegeliana de la sociedad civil: La primera cr¨ªtica contempor¨¢nea a la concepci¨®n liberal de la sociedad %A Enrique Olivas %J N¨®madas %D 2012 %I Universidad Complutense de Madrid %X Los "Principios de la Filosof¨ªa del Derecho", publicada en 1821, es una obra sobre el derecho y el Estado. Se trata un texto contempor¨¢neo sobre el Estado y, espec¨ªficamente, sobre el constitucionalismo social que iba a desplegarse en Europa un siglo despu¨¦s. Con una informaci¨®n inmensa, nuestro autor despliega el "desarrollo del esp¨ªritu" a trav¨¦s de los momentos del Derecho Abstracto, la Moralidad y, finalmente, de la Eticidad. Dentro de la secci¨®n dedicada a ¨¦sta, analiza Hegel el concepto de sociedad civil,-b¨¹rgerliche Gesellschaft-,desbrozando sus elementos constitutivos. Esta noci¨®n de sociedad civil, se hab¨ªa popularizado por la econom¨ªa pol¨ªtica cl¨¢sica, ya desde el ensayo de Adam Ferguson "An Essay of the History of Civil Society", Entre los par¨¢grafos 182 y 256, Hegel estudia una forma social que considera escindida del Estado, que separa la existencia social de los individuos, en s¨ª misma y en sus relaciones mutuas, de todo v¨ªnculo sustancial, personal y ¨¦tico y pone como ¨²nico principio social general el principio ego¨ªsta, seg¨²n el cual, cada uno es fin para s¨ª mismo y todo lo dem¨¢s es nada. Con esta abstracci¨®n "real" de un ser enajenado, la satisfacci¨®n en todas las direcciones de sus necesidades, del arbitrio contingente, conduce hacia el espect¨¢culo de la miseria y el libertinaje con la corrupci¨®n f¨ªsica y ¨¦tica que es com¨²n a ambas(par.185). Sin embargo, la caracter¨ªstica esencial de este an¨¢lisis es mostrar la necesidad l¨®gica y pol¨ªtica de la intervenci¨®n del Estado, en tanto que esfera de la Eticidad, en la organizaci¨®n de sus dimensiones diferenciadas. Es opini¨®n reiterada de Hegel, que s¨®lo en el Estado la sociedad se organiza seg¨²n la raz¨®n. A no olvidar: "¨²nicamente con el conocimiento de que la idea de libertad es s¨®lo verdadera como Estado, se asegura que el esp¨ªritu objetivo, el contenido del derecho, no sea nuevamente reducido a su concepto subjetivo" (par.57). %U http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=18123129020