%0 Journal Article %T CONTROL CONSTITUCIONAL ABSTRACTO, CONCRETO, MAXIMALISTA Y MINIMALISTA %A Fabio Enrique Pulido Ortiz %J Proleg車menos. Derechos y Valores %D 2011 %I Universidad Militar Nueva Granada %X La Corte Constitucional colombiana est芍 encargada de asegurar la supremac赤a e integridad de la Constituci車n a trav谷s de dos mecanismos: el juico de constitucionalidad de normas con fuera de ley y actos legislativos y la revisi車n de las decisiones judiciales relacionadas con la acci車n de tutela. Com迆nmente se explica que, en cuanto al primer mecanismo, la Corte realiza un control abstracto de constitucionalidad, mientras que en el segundo, un control concreto. Tal distinci車n es deficiente si los criterios relevantes para hacerlo son la naturaleza normativa del primero y la existencia de un caso para el segundo. Las deficiencias en la tipificaci車n de las funciones de control constitucional impactan en la concepci車n del precedente judicial pues deja sin fundamento la tesis seg迆n la cual los precedentes de la Corte en las sentencias de control abstracto deben ser de tipo maximalista mientras que las de control concreto de tipo minimalista. %U http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=87619038012